El hecho de que Venezuela adopte las normas internacionales de Contabilidad, genera directamente la necesidad de presentar la información financiera de cualquier empresa de forma diferente en vista de la inclusión o exclusión de ciertos aspectos inherentes a la materia y en consecuencia en lo concerniente a tributos se refiere.
En nuestro país representa un gran reto debido a que no todos los profesionales tienen el conocimiento completo en esta materia y la aplicación de estas normas representan una mayor complejidad por lo que se debe llevar a cabo por medio de la FCCPV la difusión de todo lo que comprende este importante campo.
Si bien en Venezuela desde 1943 la norma tributaria ha remitido a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (VenPCGA), con la reforma llevada a cabo en el 2.003 ha abierto la posibilidad de incorporar a los principios arriba mencionados, para efectos tributarios aspectos como la presentación de la información financiera a moneda constante en otro tipo de tratamiento en cuanto a los gastos e ingresos que en cierta parte modifica la ganancia o (pérdida) del ejercicio económico, es decir, la aplicación de las NIIF a los Estados financieros.
Aunque si bien es importante señalar que la aplicación de otro tipo de tratamiento a la información contable no afecta a el importe de Impuesto Sobre la Renta, en virtud de que éste se calcule conforme a las leyes venezolanas a tal fin.
Hace 8 meses
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